Dotación presupuestaria: 5.000.000,00 € para el periodo 2021-2022 CONVOCATORIA 2020 | ||
AÑO | 2020 | 2021 |
CUANTIA (€) | 2.500.000,00 | 2.000.000,00 |
CONVOCATORIA 2021 | ||
AÑO | 2021 | 2022 |
CUANTIA (€) | 3.000.000,00 | 2.000.000,00 |
Límites de subvención a conceder Límites | Cuantía (€) |
Mínimo | 60.000,00 |
Máximo | 174.990,00 |
Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria
Compatibilidad con otras ayudas: No
Plazo de ejecución:
– Inicio: 1 de Enero de 2021
– Duración máxima: 18 meses
– Final: 31 de Octubre del último año para el que esté consignada dotación presupuestaria
Gastos: Se deben realizar dentro del plazo de ejecución de la actividad
¿Subvención plurianual?: Si
¿Abono anticipado?: Si, pero solo una parte de la subvención
¿Ayuda de minimis?: Si
Porcentaje de subvención: 70 % de los gastos elegibles
Régimen de la subvención: Concurrencia competitiva
Número de proyectos por solicitante: Se permiten 2 proyectos por solicitante
Beneficiarios: Las subvenciones EATIC son para empresas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias y cuenten con uno o más empleados a la fecha de solicitud
Proyectos subvencionables:
– Proyectos en los que se desarrollen o utilicen conocimientos y tecnologías novedosas a nivel sectorial para la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.
– Los proyectos subvencionados deberán estar encuadrados en los objetivos generales y objetivos específicos de las prioridades de la RIS3 de Canarias.
Proyectos no subvencionables:
– No serán subvencionables las actuaciones rutinarias de las empresas para la mejora de la calidad de productos, el aumento de las capacidades de producción o servicio, o la modificación de procesos productivos o productos existentes que no supongan una innovación sustancial.
Conceptos subvencionables Concepto | Descripción |
Activos nuevos fijos | No debe tener carácter de reposición |
Inversiones inmateriales | Patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos o servicios. Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia. Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos o servicios. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con el registro de propiedad industrial derivados de la ejecución del proyecto |
Colaboraciones externas | Asistencia técnica, ingeniería, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo, gastos externos de consultoría y tutorización, así como costes de servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación relacionados con el proyecto. |
Auditoria limitada | El coste de la Auditoría Limitada a aportar con la justificación de la subvención |
Costes de personal necesario para la ejecución de la operación | Los costes de personal serán financiables en la medida en que se haya incurrido en ellos efectivamente y se justifiquen mediante los correspondientes documentos acreditativos del gasto y del pago. Solo serán financiables aquellos gastos del personal relacionado con actividades que la entidad no llevaría a cabo si no realizara la operación en cuestión. Se consideran costes de personal financiables los costes brutos de empleo del personal del beneficiario, con un máximo de 50 euros/hora. Estos gastos incluyen: – Los sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo. – Otros gastos soportados directamente por el empleador como cotizaciones sociales, aportaciones a planes de pensiones, así como otras prestaciones en favor de los trabajadores que sean obligatorias en virtud de ley o convenio, siempre que no sean recuperables. – Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal”. |
Conceptos no subvencionables
– Adquisición y acondicionamiento de inmuebles, los gastos de mobiliario y el equipamiento de oficina.
– Elementos de transporte exterior, menaje y elementos decorativos.
– Pagos por derechos de marca en el que no sea titular de los mismos el beneficiario y, de forma expresa, cualesquiera gastos realizados mediante prestación económica que se efectúen dentro del ámbito de las franquicias: canon, servicios, ventas, o bajo cualquier otra denominación, en la que el beneficiario sea un franquiciado de la marca o denominación comercial original.
– Servicios rutinarios prestados por colaboradores externos de forma permanente periódica o relacionados con los gastos de funcionamiento normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal o laboral, los gastos periódicos de asesoría jurídica o financiera o los de publicidad; asimismo, cualesquiera tipos de servicios de mantenimiento o reparación de equipos informáticos, maquinaria y bienes, así como los de arrendamiento y limpieza de locales.
– Bienes adquiridos mediante arrendamiento financiero
– Gastos derivados de autorizaciones administrativas (tales como licencias de apertura, etc.), con la única excepción de los efectuados para la inversión por derechos de marca, en su caso
– Intereses deudores de las cuentas bancarias.
– Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
– Gastos de procedimientos judiciales.
– Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) e Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como otros tributos.
Criterios de valoración
– Creación de puestos de trabajo (25 puntos)
CRITERIO A. Creación de puestos de Trabajo: (0 – 25 Puntos.): Creación de nuevos puestos de trabajo de carácter fijo/ jornada completa | |
NÚMERO DE PUESTOS DE TRABAJO A CREAR | PUNTOS |
+ 5 puestos | 25 |
Entre 3 y 5 | 15 |
Entre 1 y 2 | 10 |
0 puestos | 0 |
Mejora de la competitividad (30 puntos):
La valoración se asigna al resultado de comparar la relación entre ventas y costes antes y después de la ejecución del proyecto (Y/X).
(Y) Ventas después/Costes después
(X) Ventas antes/Costes antes
En caso de que el solicitante no haya desarrollado actividad en el ejercicio anterior, los valores de los costes y las ventas antes de la ejecución del proyecto adoptarán el valor 1.
CRITERIO B. Mejora de la Competitividad: (0 – 30 Puntos.): Valor de las ventas antes y después de la ejecución del proyecto, respecto a los costes antes y después | |
Y/X | PUNTOS |
>10 | 30 |
Entre >5 y 10 | 20 |
Entre 1 y 5 | 10 |
<1 | 0 |
Protección y mejora del medioambiente (25 puntos)
En este apartado se valorará si con la ejecución del proyecto se consigue la mejora o protección de los siguientes campos:
- Suelos
- Biodiversidad
- Aguas, Energía
- Residuos
- Contaminación ambiental, etc
Para la aplicación de estas puntuaciones, el apartado correspondiente de la memoria presentada por el solicitante debe contener una descripción precisa y detallada de forma que esté suficientemente justificada la protección y mejora del medio ambiente en cada uno de los campos que se proponga para su evaluación, pudiendo aportarse la documentación adicional que se considere oportuna. Concretamente, se tendrá en cuenta los objetivos, impactos del proyecto a subvencionar en cada uno de los campos anteriores y el detalle de las medidas a adoptar.
CRITERIO C. Protección y mejora del medioambiente: (0 – 25 Puntos.) | |
CAMPOS | PUNTOS |
>2 | 25 |
2 campos | 15 |
1 campo | 10 |
0 campos | 0 |
Previsión de internacionalización de la actividad de la empresa (30 puntos)
Se valora, por una parte, el porcentaje de producción destinada a exportación y, por otra, el destino de la exportación. La media obtenida de ambas valoraciones es el resultado del criterio (D):
D= (D1+D2) /2.
Para la aplicación de estas puntuaciones, el apartado correspondiente de la memoria presentada por el solicitante debe contener una descripción precisa y detallada de forma que esté suficientemente justificado, pudiendo aportarse la documentación adicional que se considere oportuna. Concretamente, se tendrá en cuenta la información referente a la región o regiones en las que se va a comercializar el producto/servicio, los contactos en el destino, la logística, los canales de distribución, las características del mercado al que va dirigido el producto/servicio (en especial los aspectos políticos, legales, económicos y socioculturales, descripción del consumo y segmentos de mercado, principales productos competidores, tecnologías, normas de calidad, adaptaciones del producto/servicio, etc.), los recursos humanos, financieros, comerciales, etc. que la empresa solicitante destinará a la actividad de exportación, objetivos a corto y largo plazo y la justificación del porcentaje de la producción que se destinará a la exportación.
CRITERIO D. Previsión de internacionalización de la actividad de la entidad: Media de D1 y D2 (0-20) | ||
Concepto | Valoración | PUNTOS |
D1. % de producción destinada a exportación | >20% | 20 |
Entre 11% y 20% | 15 | |
Entre >0 y 10% | 10 | |
0 | 0 | |
D2. Destino de la exportación | UE y otros destinos | 20 |
Territorio Nacional | 15 | |
Otra isla | 10 | |
Local | 0 |
Documentación a aportar en la solicitud:
– Escritura de constitución o documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada.
– Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta).
– Estatutos de la entidad solicitante o documentación equivalente acreditativa de la personalidad.
– Alta censal de actividad empresarial en el IAE de la entidad solicitante o, en su defecto, el Certificado emitido por el Registro Mercantil o por el Registro de Asociaciones correspondiente, según el caso, en el que se hagan constar sus datos generales.
– Certificado de estar al corriente en las obligaciones de pago ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
– Certificado de estar al corriente en las obligaciones de pago ante la Seguridad Social.
– Certificado de estar al corriente en las obligaciones de pago ante la Agencia Tributaria Canaria.
– Informe del número medio anual de trabajadores dados de alta en la Seguridad Social
Opcionalmente:
– Otros (Especificar). Cualquier otra documentación que consideren de interés para la verificación y evaluación de la solicitud.